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Fecha 28 de Agosto 2006

















28 de Agosto del 2006


Debaten servicios comunitarios para deudores de crédito universitario


Iniciativa gubernamental será este miércoles por la comisión de Educación del Senado.

Con la exposición de los representantes del Ministerio de Educación, la Comisión de Educación del Senado iniciará este miércoles el análisis del proyecto que concede beneficios a los deudores del crédito universitario que presten servicios en las comunas menos desarrolladas del país.

La iniciativa gubernamental tiene como finalidad fomentar que los profesionales y técnicos jóvenes aporten con sus conocimientos en aquellos lugares del país que cuenten con un menor nivel de desarrollo y se desempeñen en funciones claves para el desarrollo social y productivo de las distintas localidades.

En lo fundamental, se busca que aquellas comunas especialmente rezagadas, puedan acceder a recursos humanos calificados para la generación y gestión de proyectos de desarrollo social, productivo y territorial.

Para ello, se establecen incentivos que apuntan a aliviar la carga financiera de aquellos profesionales y técnicos jóvenes que hayan financiado sus estudios a través del crédito solidario universitario.

Beneficios

Por eso, la iniciativa señala que los deudores del crédito solidario universitario y los deudores del crédito para estudios de educación superior que cuenten con garantía estatal, podrán acceder a los beneficios que se establecen, siempre que, cumpliendo con los demás requisitos exigidos, “se incorporen a prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones y fundaciones municipales, y asociaciones municipales, correspondiente a comunas con menores niveles de desarrollo del país, definidas como tales conforme a lo que disponga el reglamento”.

Quienes cumplan con los requisitos, podrán acceder, por cada año de servicio laboral prestado en una municipalidad, corporación o fundación municipal, o asociación municipal, correspondiente a comunas con menores niveles de desarrollo del país, a un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, o a un monto equivalente a la cantidad pagada de su crédito en el año calendario anterior.

No obstante, se establece un tope del beneficio de 16 UTM (aproximadamente $513.600) por cada año efectivamente trabajado, con un máximo de tres años trabajados.

Por otra parte, en caso de que el servicio laboral se preste ininterrumpidamente por tres años, se podrá acceder a un beneficio adicional, por un monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año o a tres veces la cantidad pagada de su crédito durante el año calendario anterior, según corresponda. En el caso de este beneficio adicional, éste tendrá un tope de 48 UTM, es decir $1.540.800.

Para acceder al beneficio los deudores deberán estar al día en el pago de sus obligaciones y durante todo el período en que se presten los servicios. Asimismo, se exige que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de la titulación en la carrera o programa respectivo.






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